SOBRE PLAN DEPARTAMENTAL DE AGUAS

COMUNICADO DE PRENSA


"Para el manejo de recursos del SGP en agua potable y saneamiento básico

Municipios tendrán hasta el 31 de mayo para cumplir requisitos y tramitar certificación ante la Superservicios"
 

Bogotá, D.C. Abril 28 de 2011

El nuevo Decreto, que modifica el 1477 de 2009, establece que los requisitos deberán acreditarse ante la Superservicios, a más tardar, el último día hábil del mes de mayo de cada año y los resultados del proceso de certificación anual deberán ser expedidos por la Superintendencia antes del último día hábil de diciembre. Este Decreto también modifica, en sus artículos 2, 3 y 4, las obligaciones que deberán cumplir los municipios y distritos para el proceso de certificación que se llevará a cabo durante el presente año. 

La Superservicios recuerda a los mandatarios municipales y distritales que son ellos y no las empresas de servicios públicos los responsables de cumplir con los requisitos establecidos en el Decreto 938 de 2011, pues son los alcaldes quienes administran los recursos del SGP y tienen la responsabilidad de asegurar la prestación de los servicios públicos de agua potable y saneamiento básico.
A la fecha son muchos los municipios y distritos que no han cumplido con los requisitos para lograr la certificación de la vigencia 2010. No hacerlo podría traer como consecuencia su descertificación, no podrían realizar nuevos compromisos con cargo a los recursos del SGP y perderían la competencia para manejar estos presupuestos y asegurar la prestación los servicios públicos de agua potable y saneamiento básico en las zonas urbana y rural, competencia que pasaría a manos de la respectiva administración departamental. 


La Superservicios recuerda a los alcaldes su responsabilidad de reportar al Sistema Único de Información SUI toda la información que la ley exige, no cumplir con esta obligación podría determinar la no certificación del municipio, con las consecuencias descritas, y acarrearles sanciones disciplinarias, tal como lo advierte la Circular 036 de la Procuraduría General de la Nación.
Los municipios del país tendrán hasta el próximo 31 de mayo para llenar la totalidad de los requisitos y poder obtener la certificación, correspondiente al año 2010, que exige la ley y que expide la Superintendencia de Servicios Públicos para el manejo de los recursos que estos reciben del Sistema General de Participaciones –SGP- destinados a inversión en agua potable, alcantarillado y aseo. Así quedó establecido en el Decreto 938 del 29 de marzo de 2011 expedido por el Gobierno Nacional. 
 
Certificaciones 2009
Dentro del proceso para obtener la certificación del año 2009, que terminó en mayo del 2010, la Superintendencia certificó a 1080 municipios. Del total país 21 municipios no fueron certificados y los recursos de inversión del SGP de estos para agua potable pasaron a ser administrados por las correspondientes gobernaciones. 

Si bien fueron muchos los municipios certificados en este primer proceso, esto no reflejó el estado real de la prestación de los servicios públicos del sector de acueducto y saneamiento básico, por cuanto 599 de estos municipios prestadores directos de acueducto, alcantarillado y aseo obtuvieron la certificación por el solo hecho de tener suscritos acuerdos de mejoramiento con la Superservicios, en el marco de lo previsto en las normas, y no necesariamente por prestar servicios de óptima calidad.
FGO." 

No hay comentarios: