ORDENAMIENTO TERRITORIAL, ASIGNATURA PENDIENTE

                                                                                                      Por Jaime Castro *


López Michelsen consiguió que el Congreso, mediante acto legislativo, el 2 de 1997, convocara la pequeña constituyente  que debería hacer las “reformas de envergadura” que requerían la administración de justicia y el régimen departamental y municipal. Para conseguirlo, adujo que las Cámaras de entonces no reunían las condiciones que les permitieran tratar en debida forma los temas objeto de la convocatoria y aprobar reformas tan importantes como las que en otras materias expidieron en 1936 y 1945, pues  sus tareas principales habían cambiado y no disponían, por ello y otras razones más, del tiempo y el ambiente necesarios para investigar, estudiar y decidir temas tan complejos y técnicos, en algunos de sus aspectos, como los que trataría la constituyente. Agregó que esos eran asuntos que no interesaban “mayormente a los partidos”, que se ocupaban más de los asuntos “estrictamente electorales”, y menos de los que de verdad importaban a la ciudadanía. Habló, inclusive, de los “intereses particulares” y “creados” que algunos o muchos congresistas tenían o podían tener en el tratamiento que esos temas recibieran.
La Corte Suprema, que ejercía el control de constitucionalidad, declaró inexequible el acto legislativo 2 de 1977. Lo hizo porque “temió” que la constituyente creara la Corte Constitucional y convirtiera la Suprema en Corte de Casación.

                                                  LA CUESTION TERRITORIAL

A pesar de que la crisis de municipios y departamentos era grave,  tuvieron que pasar 10 años para que el Congreso se ocupara de ella. Expidió el acto legislativo 01 de 1986 que ordenó la elección popular de alcaldes, eliminó facultad centralizadora que tenían los gobernadores (revocar los actos de los alcaldes), dispuso que los tesoreros locales fuesen elegidos por los alcaldes y no por los concejos y autorizó que se realizaran “consultas populares para decidir sobre asuntos que interesen a los habitantes del respectivo distrito municipal”.
La Constitución de 1991 dio nuevos desarrollos al proceso descentralizador que comenzó con el anterior acto legislativo. Dispuso expresamente que Colombia se organiza como República “descentralizada, con autonomía de sus entidades descentralizadas” (art.1°), que son “los departamentos, los distritos y los municipios” y pueden serlo las regiones y las áreas metropolitanas que se conviertan en distritos (arts. 286, 307 y 319). Enumeró los que considera derechos de las entidades territoriales (art. 287). Definió al municipio como “entidad fundamental de la división político administrativa del Estado” (art. 311). Incrementó las transferencias, hoy participaciones de las entidades territoriales en los ingresos ordinarios de la Nación (arts. 356 y 357). Y ordenó la elección popular de gobernadores (art. 303).
A pesar de las anteriores y otras importantes decisiones que adoptó, la Carta del 91 no cambió el modelo de ordenamiento territorial que rige desde el Estatuto de 1886 y cuyos elementos esenciales no fueron modificados: el Estado sigue siendo unitario y el departamento es, en la práctica, el único nivel o plano intermedio de la organización territorial.
Este último punto, el del nivel intermedio,  era tal vez el más importante que debía decidir la constituyente del 91.Tenía que escoger entre el departamento o la región, entre un Estado departamental o uno regional. No tuvo valor político para hacerlo. Prefirió que prevalecieran los intereses políticos que han hecho de los departamentos meras circunscripciones para la elección de diputados, representantes y senadores, que cuentan, además, con financiación propia, porque sus licoreras y loterías son la caja negra de la financiación estatal de buen número de campañas al Congreso. Aunque la Constitución dispone que el Senado es nacional, porque se elige en circunscripción nacional, la casi totalidad de sus miembros es elegida departamentalmente (la votación mayoritaria de cada senador es obtenida en el departamento del que son oriundos o en el que ejercen su actividad política).
Como el tema del nivel intermedio era inescapable, decidieron los constituyentes que no hubiera uno solo, como tiene que ser, porque en la Colombia de aquí y de ahora, por múltiples razones, no es posible que coexistan, simultáneamente, varios niveles intermedios. Decidieron, se repite, que hubiera tres niveles intermedios: regiones, que serían entidades supradepartamentales; departamentos, los que se conocían y los que creó, porque a las intendencias y comisarias que existían  les dio esa categoría; y provincias, que serían organizaciones supramunicipales, aunque sub-departamentales. El Congreso se encargaría de darle vida a las regiones  y provincias. Obviamente no lo ha hecho, ni lo hará, sobre todo, porque representantes y senadores  no tienen interés en crear entidades u organizaciones que compitan con los departamentos que son su circunscripción electoral y su hábitat político y cuyas administraciones sirven bien sus intereses político electorales.

                                       PROCESO DESCENTRALIZADOR
                  
Las decisiones constitucionales de 1986 y 1991 y las leyes que las desarrollaron le dieron vida al proceso descentralizador que cumple 25 años, porque se inició con la primera elección de alcaldes en 1988.
En sus primeros 10 o más años de vida produjo resultados alentadores según mediciones que de él hicieron el Banco Mundial y Planeación Nacional, entre otros. No todos los resultados esperados, pero suficientes para poder decir que ese era el camino y que convenía introducirle al proceso los ajustes que requiriera y darle los desarrollos que necesitara.
Empezó a cambiar el mapa político del país. Fueron elegidos alcaldes y gobernadores que no pertenecían a los partidos históricos que habían monopolizado la titularidad de esos cargos. Nuevas fuerzas políticas y sociales -independientes, cívicas, comunitarias y rebeldes al interior de las organizaciones tradicionales -  aparecieron en la vida pública regional y local. Exsacerdotes de la iglesia católica ganaron las alcaldías de Barranquilla, Cúcuta, Montería, Dorada y Sogamoso. La cobertura y calidad de servicios como la salud y la educación mejoraron. También, las de los servicios domiciliarios. Empezó a verse inversión pública en todo el territorio nacional, aun en las regiones más apartadas.
Lentamente, como producto también de un proceso, la descentralización se fue desnaturalizando y pervirtiendo hasta convertirse, para vastos sectores de opinión, en sinónimo de politiquería y corrupción. Así ha ocurrido porque buen número de municipios y departamentos cayeron en manos de roscas y camarillas, a veces clanes familiares, que se comportan como mafias políticas y abusan del poder con fines non sanctos. Lo utilizan con el propósito, casi único y exclusivo, de recuperar, debidamente incrementadas, las inversiones hechas en campañas cada día más costosas, de pagar con licencias, permisos, autorizaciones, contratos y burocracia, los favores electorales recibidos, de perpetuarse como grupo en el ejercicio del poder y de participar activamente en la elección de congresistas amigos. Últimamente han decidido “imponer” su sucesor en el cargo. Lo hacen con el cuento de que es necesario darle continuidad a la obra de gobierno que se está ejecutando, cuando lo que buscan en realidad es persona de confianza que no destape las ollas podridas que encuentre y le cubra las espaldas a quien se va. Esos mismos grupos, u otros, externos pero no ajenos a la vida regional y local, consideran que la descentralización debe pagar el precio de la corrupción y, por ello, saquean patrimonios y presupuestos públicos.

                        Falto cambiar las reglas de juego política electorales

 Las causas de esta grave crisis son varias, pero la de mayor peso es política. Hicimos descentralización administrativa y fiscal, porque a municipios y departamentos les dimos competencias y recursos, es decir atribuciones para que mejoraran las condiciones y calidad de vida de sus habitantes y  construyeran el progreso local. También, recursos propios, regalías y transferencias del gobierno nacional para que financiaran la ejecución de programas y proyectos, pero no cambiamos las reglas de juego para acceder al poder en esos niveles, para ejercerlo y controlarlo.
Creamos un nuevo departamento y un nuevo municipio. Los empoderamos. En un principio, los actores tradicionales y nuevos respetaron el escenario renovado en el que debían actuar. Pero, al poco tiempo, los tradicionales, como los acólitos, le cogieron  confianza a los objetos sagrados y volvieron a hacer de las suyas, a sus viejas prácticas. Y los nuevos, en corto tiempo, fueron dominados por el régimen y terminaron haciendo lo que habían denunciado. Y traicionaron el discurso que les había permitido ganar el favor popular en las urnas.
Por ello, el problema no es administrativo ni fiscal. Mal que bien, las instancias sub-nacionales de gobierno tienen los instrumentos administrativos y fiscales que les permiten cumplir sus funciones. No lo hacen, en buen número de  casos, porque quienes se apoderaron de dichas instancias las utilizan con fines distintos del bien común.
Lo que se requiere es, entonces, profunda reforma política territorial que, además, es el capítulo más importante de cualquier reforma política nacional, porque es claro que no se logrará esta última si no se hace aquélla. Llama la atención por ello que ni el gobierno nacional, ni el congreso, ni los partidos, que son las instancias decisorias en la materia, no hacen lo que deberían hacer, tal vez porque los intereses de los representantes y senadores y demás beneficiarios del  desorden territorial que tenemos no les permiten actuar en la dirección correcta. Olvidaron, inclusive, la descentralización, que ya no hace parte de su agenda, si es que alguna vez, de verdad, se ocuparon seriamente de ella.

                                                      Reformas a la lata

Como el tema territorial es problema del que de todas maneras deben ocuparse los actores políticos antes citados, a la Carta del 91 se le han hecho numerosas reformas con el propósito de solucionarlo. Pero ninguno de los 15 o más actos legislativos dictados con ese fin ha sacado la descentralización de la crisis que vive y que le está haciendo perder cada día más espacio en la conciencia ciudadana.
Nada o muy poco ha ganado el proceso autonómico con esos actos legislativos. En algunos casos se puede decir que perdió. Nada o muy poco ganó con haberle dado el carácter de distrito a algunas ciudades (actos legislativos 1 de 1993 y 2 de 2007); con haber ampliado en dos ocasiones el periodo de alcaldes y gobernadores y de las corporaciones públicas subnacionales (actos legislativos 1 de 1996 y 02 de 2002); con haberle dado nuevas funciones a las asambleas, entre ellas la de aprobar mociones de censura, que también fue otorgada a algunos concejos locales (actos legislativos 01 de 1996 y 01 de 2007); con haber congelado el número de concejales de Bogotá y haber tomado decisión parcial sobre el nombre de la ciudad (actos legislativos 1 de 2000 y 3 de 2007); con haber dictado normas sobre los planes de desarrollo territorial (acto legislativo 02 de 1993); con haber decidido que obligan la lista única, el umbral y la cifra repartidora en la elección de concejos y asambleas (actos legislativos 01 de 2003 y 01 de 2009);con haber ordenado que los diputados tengan remuneración permanente, en vez de honorarios por sesión (acto legislativo 01 de 1996); con haber recortado las transferencias o participaciones y decidido sobre su destinación (actos legislativos 01 de 1995, 01 de 2001 y 04 de 2007); con haber  dispuesto que las normas sobre sostenibilidad fiscal rigen a nivel territorial (acto legislativo 3 de 2011); y con haber decidido que las regalías pertenecen a todas las entidades territoriales y no solo a unas pocas (acto legislativo 5 de 2011).

                                             Ponerle pueblo para quitársela
                                                   a las mafias políticas 
                                              
A pesar de tanta reforma constitucional- las del 91 y las que han sido promulgadas después- la descentralización vive su más grave y profunda crisis, porque no hemos hecho la reforma política territorial que se requiere para ponerle pueblo, porque ahora no lo tiene, y para que de verdad cumpla sus propósitos y objetivos. De esa gran reforma deben hacer parte, entre otros, temas como los siguientes:


1. En toda elección de alcaldes y gobernadores debe participar no menos del 40 o 50% del respectivo censo electoral. Si en la primera votación no se logra dicho porcentaje, ésta debe repetirse dentro de los dos meses siguientes, inclusive con la presencia de nuevos candidatos. Si en la segunda oportunidad tampoco se alcanza, debe entenderse que la ciudadanía renunció al derecho que tenía de elegir alcalde o gobernador, por lo cual la autoridad superior (Gobernador o Presidente) nombraría para el periodo de que se trate.

2. Para ser elegido alcalde de ciudad que tenga más de 100.000 habitantes debe obtenerse no menos del 33% de la votación total. Habría segunda vuelta entre los dos candidatos más votados en la primera, cuando ninguno de los aspirantes haya logrado el citado porcentaje.
3. Debe repetirse la votación para alcaldes y gobernadores, con candidatos distintos a los que se presentaron en la primera ocasión, cuando el voto en blanco sea mayoría relativa, o sea la mayor votación comparada con las de cada uno de los candidatos.

4. En las elecciones atípicas la abstención ha sido del 70% (aprox.) para darle mejor legitimidad y representatividad a los alcaldes y gobernadores que en ellas se escojan, debe disponerse que su elección se haga para periodos de cuatro años, y no para lo que reste del periodo en curso.

5. Conviene adoptar fórmula de “discriminación activa” a favor de las mujeres y de personas menores de 25 años. Así se garantiza su inclusión en las listas que se inscriban para asambleas, concejos y juntas administradoras. Los temas que se debaten y deciden en municipios y departamentos interesan particularmente a esos grupos sociales (salud, educación, aprovechamiento del tiempo libre, vivienda, atención a los sectores más vulnerables de la población, cultura, deporte). Por eso cada día son más las mujeres y jóvenes que se inscriben como candidatos, por ejemplo, a las juntas administradoras locales de las grandes ciudades. En la Localidad de Chapinero, en Bogotá, todos los ediles elegidos en el 2003 fueron mujeres. Las listas inscritas tenían varones y mujeres, pero la ciudadanía decidió, en una especie de acuerdo tácito que nadie promovió, que era mejor elegir mujeres. Fue audaz apuesta política que ganaron quienes la hicieron. Los socialistas franceses reformaron la Constitución para ordenar la paridad de género en todas las listas electorales (los partidos que no cumplan pierden el derecho que tenían a la financiación que el Estado otorga a las formaciones políticas). Las feministas argentinas cuando plantearon reivindicación comparable acuñaron sugestivo slogan: “las mujeres cambian, si algunas hacen política; la política cambia, si son muchas las que están en política”. En razón de lo dicho, debe disponerse que no menos del 50% de los renglones que se inscriban para concejos, asambleas y juntas administradoras sean ocupados por mujeres y varones menores de 25 años, en proporción que cada partido decidirá.

6. Se debe Inhabilitar como candidatos al congreso  a los cónyuges, compañeros, hermanos, hijos o padres de los gobernadores y alcaldes de ciudades que tengan más de 100.000 habitantes. Así se combaten el nepotismo y los clanes familiares en la política.

7. También es necesario inhabilitar como candidatos a gobernaciones, alcaldías, concejos y asambleas a los cónyuges, compañeros, hermanos, hijos o padres de los congresistas. Esta propuesta y la anterior combaten la monogamia política.

8. Conviene inhabilitar a los diputados y concejales de ciudades de más de 100.000 habitantes como candidatos al congreso si los periodos se superponen, aunque renuncien a la primera investidura.

9. Urge limitar en el tiempo la duración de las campañas, entre otros propósitos, con el de reducir sus costos que terminan trasladándose a los presupuestos de municipios y departamentos. El proselitismo político electoral sólo debería autorizarse dentro de los dos meses anteriores a las votaciones. Como los elevados costos de las campañas se traducen, casi que forzosamente en corrupción, hay que reducirlos de manera apreciable.

10. Estamos en mora de fijar calidades, preparación y experiencia en el sector público o el privado para ser edil, concejal, alcalde, diputado o gobernador. Quienes argumentan que este tipo de exigencias violan principios democráticos no tienen razón, porque la formación académica hoy se ha masificado y la experiencia también se debe poder acreditar con trabajo político o social.

11. Debe cambiarse la ley que ordena estímulos a los votantes porque está llevando a las urnas ciudadanos que votan en blanco, no marcan el tarjetón o anulan deliberadamente el voto pues sólo buscan el certificado que garantiza las ventajas ofrecidas (tarde libre en el trabajo, descuentos en los derechos académicos que se pagan en las universidades oficiales). Los estímulos que se deben conceder tienen que ser otros, por ejemplo, puntos para obtener los subsidios y ayudas que otorgue el Estado.

12. Conviene facilitar mediante la eliminación y simplificación de requisitos el ejercicio de las formas de democracia directa y participativa que crea la Constitución y desarrolla la ley 134 (referendo, iniciativa popular, consulta, revocatoria del mandato).

13. Deben revisarse a fondo los organismos de control y sus procedimientos de trabajo, porque unos y otros fueron diseñados para abusos y delitos que se han sofisticado, no dejan rastro ni huella, y, por eso, son difíciles de sancionar.

14. Hay que regímenes políticos, administrativos y fiscales diferentes para las entidades territoriales, en función de sus características, población e importancia económica. La unidad nacional que se debe conservar, no exige uniformidad legislativa que a veces se convierte en camisa de fuerza para el desarrollo y progreso de muchas entidades, o las hace incurrir en costos que van más allá de sus posibilidades.

                                              Clave de la guerra o de la paz

La reforma territorial no es fórmula única para conseguir la paz, pero es parte importante de lo que se debe hacer, porque el conflicto que padecemos hunde sus raíces en la tierra: el inequitativo reparto de la propiedad agraria y la lucha por el poder a nivel regional y local. Por ello, debe preverse y garantizarse que el poder político y administrativo del Estado, del que son titulares municipios y departamentos, sea ejercido por los reinsertados que democráticamente ganen alcaldías y gobernaciones. Para que buen número de subversivos se reincorporen a la vida ordinaria de la Nación cuentan las posibilidades ciertas y reales que se ofrezcan a quienes tengan definida vocación política y quieran presentar sus ideas y propuestas sobre el servicio ´público y la manera de lograr el bienestar colectivo. Para conseguirlo es necesario crear las condiciones que les permitan defender, dentro de la ley, sus proyectos y detentar al menos parte del poder público.
Como no hay puestos en el gobierno ni curules en el congreso para todos ellos, deben organizarse y consolidarse espacios, distintos de los nacionales, verdaderos centros de poder, que faciliten la realización de las aspiraciones políticas que hayan contado con el favor popular. Que antiguos comandantes y militantes de la guerrilla, después de desmovilizarse, sean elegidos ediles, concejales, alcaldes, diputados y gobernadores, particularmente en las regiones que de hecho han controlado y que, por ello, consideran históricamente suyas, tiene que hacer parte del post-conflicto. Si es el “precio” que el país debe pagar para lograr la esquiva paz, puede decirse que la “sacaríamos barata”.
Infortunadamente los municipios y departamentos que hoy tenemos no son escenario válido para los efectos anotados, porque buen número de ellos han caído, como se dijo, en manos de roscas y camarillas, a veces clanes familiares, que se comportan como mafias políticas, a tal punto que para cada día más amplios sectores de opinión la descentralización se volvió sinónimo de politiquería y corrupción.
Conviene repetir que el remedio a esta anómala situación no es de carácter administrativo ni fiscal, porque municipios y departamentos, en términos generales, tienen competencias y recursos que les permiten cumplir aceptable y positiva gestión en favor de las comunidades que gobiernan. Su problema es fundamentalmente político. Los empoderamos administrativa y fiscalmente, pero no cambiamos las reglas de juego para acceder al poder, ejercerlo y controlarlo. Lo que se necesita, entonces, son reglas de juego que garanticen a nivel regional y local que el poder se gana en competencia libre y transparente, se ejerce de manera honesta y eficiente y se controla   mediante instrumentos que efectivamente evitan y sancionan los abusos de los elegidos. Reglas que acaben con la descentralización sin pueblo, en que se ha convertido el proceso en curso, porque es muy pobre la participación ciudadana en la vida pública de las entidades territoriales.
Con otras palabras,  la reforma territorial que se requiere con urgencia debe ser puente de plata para la consecución de la paz. El Congreso no la ha hecho, porque comprometería cacicazgos y baronatos electorales que son mayoría en las cámaras y nadie se hace el haraquiri en política.
Al logro de los propósitos enunciados no contribuye la congelación del mapa político administrativo del país que en mala hora decretamos, porque las leyes dictadas después de la Carta del 91 no promueven, ni siquiera facilitan, la organización de regiones y provincias, no reglamentan la creación de nuevos departamentos, lo cual hace imposible que el tema se debata, y, en la práctica, prohibieron la creación de nuevos municipios. Con otras palabras, vamos en contravía de lo que son nuestras  necesidades en ese campo.

                                                           Conclusión

Infortunadamente quienes tienen poder para tomar decisiones como las citadas y la obligación política de tomarlas no las adoptan porque no se han dado cuenta que un país de regiones, ciudades y pequeños municipios como Colombia no se puede gobernar ni administrar desde un solo centro de poder y que una organización territorial que cree espacios democráticos para la participación ciudadana en la vida pública es una de las claves de la guerra o de la paz. También puede ocurrir que no lo hacen porque son beneficiarios del desorden territorial que tenemos y no quieren, entonces, que la situación cambie. Por esas u otras razones, López Michelsen tenía razón cuando dijo hace cerca de 40 años que el Congreso no haría la reforma regional y local que el país requiere. Su planteamiento es cada día más valido y explica por qué el ordenamiento territorial se nos ha vuelto asignatura pendiente.

*Abogado Constitucionalista, Consultor y Asesor

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