LA FISCALÍA DE SEGURIDAD VIAL PERSEGUIRÁ A LOS CONDUCTORES IMPRUDENTES

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Posted: 23 Jul 2011 03:35 AM PDT
En los casos de fallecimientos y
lesiones graves como consecuencia de los siniestros viales se incoarán
siempre diligencias judiciales

El Fiscal de Seguridad Vial, Bartolomé Vargas, anunció el pasado miércoles
que todos los conductores que provoquen un *accidente de tráfico con
resultado de muerte o heridas graves*, serán imputados inicialmente por el
delito de homicidio imprudente o lesiones, siempre que hayan cometido una
imprudencia grave.

Informes sobre las estadísticas de procedimientos incoados entre 2005 y 2010
en materia de Seguridad
Desde la entrada en vigor de la reforma penal de 2007, nos ponen los pelos
de punta, al conocer el números de las personas ingresadas en prisión y
número de comisos decretados por la delincuencia vial.

Tras un siniestro grave, los Fiscales podrán imponer desde la *intervención
del permiso de conducir* hasta el *ingreso en prisión* pasando por el *decomiso
del coche*, si observan que la conducta de cualquier conductor es imprudente
o delictiva. Veamos más detalles.

La restricción o privación de algún derecho, generalmente la libertad, es el
medio coactivo más contundente con que cuenta el Estado. Si éste renunciase
a la pena, obligando a la víctima y a la comunidad a aceptar las conductas
criminales como si no hubieran ocurrido, retornaríamos a la "Ley de la
selva" y a "tomarse cada uno la justicia por su mano". Por eso, ha subrayado
Vargas que lo se pretende es "elevar la respuesta penal" y ha recordado que
*el delito de homicidio imprudente está castigado con una pena de cárcel* de
uno a cuatro años y el de lesiones graves, como daños medulares o
cerebrales, con tres meses a tres años de prisión.
[image: Flagrante delito por wdroops] Hasta el momento, se han dictado
35.021 sentencias condenatorias por delitos contra la seguridad vial, de las
que 345 pertenecen a homicidios imprudentes y lesiones graves

Endurecer las leyes para que cometer imprudencias de tráfico potencialmente
peligrosas no sea gratis es una de las *medidas necesarias para reducir la
siniestralidad*, sin embargo también es una de las más polémicas. La
reparación adecuada del daño causado y la solución del conflicto desde una
perspectiva justa para ambas partes es una tarea ardua para los Jueces a la
hora de sentenciar. Por eso, la participación de los Fiscales en *la
investigación de los siniestros* ocurridos en la red viaria y poder
esclarecer los hechos, sería de gran ayuda para depurar responsabilidades.

Estas nuevas imputaciones iniciales contra los conductores involucrados en
accidentes graves han sido acordadas por la Fiscalía y los responsables
policiales de seguridad vial de toda España
como parte de un operativo de cara a la *operación salida y regreso del mes
de agosto*. Serán varios los supuestos por los que se podrá acusar por un
delito de homicidio imprudente. Destaco alguno de ellos:

*Exceso de velocidad*, conducir a una velocidad superior a la establecida,
dependiendo el tipo de vía será castigado con la *pena de prisión de tres a
seis meses* o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en
beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier
caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y
ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

*Superar las tasas de alcoholemia permitidas*, conducir con una tasa de
alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro o con una tasa
de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro, hoy por hoy, está
castigado con la *pena de prisión de tres a seis meses*; igualmente, si se
trata de ingesta o de drogas tóxicas, estupefacientes o cualquier sustancia
psicotrópica.

*No guardar la distancia de seguridad*, se considera una infracción al
reglamento de circulación, pero se prevé que cuando ponemos en peligro la
seguridad de los demás como puede verse en este
video<http://www.youtube.com/watch?v=SYb9rpAziU0>,
puede considerarse incluso como una conducta peligrosa y por tanto
delictiva:

*Conducir de forma temeraria*, El hecho de circular un vehículo a motor o un
ciclomotor con temeridad manifiesta y poner en concreto peligro la vida o la
integridad de las personas será castigado con las penas de *prisión de seis
meses a dos años* y privación del derecho a conducir vehículos a motor y
ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta seis años.

La coordinación entre la Fiscalía y la Policía Judicial de tráfico será
pieza clave para indagar sobre las causas del accidente *teniendo en cuenta
el factor vía*, estado del vehículo y neumáticos, control sobre los periodos
de conducción y descanso en los profesionales del transporte, la *falta de
pericia en la conducción* o las irregularidades en el reconocimiento médico
de conductores. Además, se hará constar en el atestado un informe detallado
y con profundización criminológica acerca de las causas precedentes que
coadyuvan al desencadenamiento final del accidente.

Por tanto, bienvenido sea este proyecto piloto especial de *seguimiento a
las imprudencias graves* que con ocasión del tráfico se pondrá en marcha el
próximo mes de agosto coincidiendo con la operación salida y regreso de las
vacaciones.

Conocer las causas de los accidentes más graves es prevenirlos en el futuro."

Fuente: Revista Circula Seguro

Nota de Segvial Boyacá: bastante tenemos que aprender y/o seguir
copiando en Colombia para ganar en CULTURA VIAL DE TODOS.

CONTÁCTENOS: < observamoslaseguridadvial@gmailcom > o
< director@granboyaca.org >

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